Sector | El centro de Madrid sufre cambios en los horarios de reparto nocturno

En todo caso, debe recordarse la restricción de acceso al Distrito Centro en función de la categoría medioambiental del vehículo.

Madrid modifica el horario de reparto nocturno en el distrito Centro
Madrid modifica el horario de reparto nocturno en el distrito Centro

El transporte de mercancías en horario nocturno en el distrito Centro de Madrid ha sufrido cambios que afectan a diferentes actividades, tal y como publicó el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid (Consulta AQUÍ las resoluciones íntegras): 

En el caso del abastecimiento a comercios de alimentación de mercados, galerías de alimentación y otros establecimientos de venta directa al por menor de carnes, pescados, frutas y de distribución de pan, repostería artesanal y churrería del interior, se establece la posibilidad de realizar el reparto en horario nocturno de 5 a 7 horas de la madrugada en el Distrito Centro, siempre que el autónomo o empresa transportista y su vehículo estén dados de alta en el sistema de gestión de accesos a la Zona de Bajas emisiones Distrito Centro (SGDC), como empresa o profesional que presta servicios o entrega o recogen suministros en dicho Distrito centro. Asimismo deberá presentar una Declaración responsable justificando dicha necesidad de reparto en el horario establecido.

Por lo que se refiere al abastecimiento y reparto en las áreas y calles peatonales del entorno de la Puerta del Sol: en las 44 calles y zonas peatonales del entorno de esta zona se establece la posibilidad de realizar el reparto en horario nocturno de 23 a 7 horas, siempre que el autónomo o empresa transportista y su vehículo estén dados de alta en el sistema de gestión de accesos a la Zona de Bajas emisiones Distrito Centro, como empresa o profesional que presta servicios o entrega o recogen suministros en dicho Distrito centro. También deberá presentar una Declaración responsable justificando dicha necesidad de reparto en el horario establecido.

Finalmente, cuando la actividad esté vinculada al reparto de prensa, se establece la posibilidad de realizar el reparto en horario nocturno de 0 a 7 horas de la madrugada en el Distrito Centro, siempre que el repartidor tenga el distintivo que le autoriza a repartir.

Toda la normativa expuesta queda sujeta a la restricción de acceso al Distrito Centro en función de la categoría medioambiental del vehículo:

Vehículos con MMA hasta 3.500 kg:

- Hasta el 31/12/2022 acceden los 0 emisiones, ECO, C y B.

- Desde el 01/01/2023 acceden los 0 emisiones, ECO y C.

Vehículos con MMA superior a 3.500 kg y no superior a 18.000 kg:

- Hasta el 31/12/2022 acceden todos.

- Desde el 01/01/2023 hasta el 31/12/2024 acceden los 0 emisiones, ECO, C y B.

- Desde el 01/01/2025 acceden los 0 emisiones, ECO y C.

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