Portugal ha aprobado una modificación de su normativa sobre conjuntos euro-modulares que permitirá la circulación de vehículos de hasta 72 toneladas de masa máxima autorizada (MMA) y 32 metros de longitud, acercando así su regulación al modelo ya implantado en España.
El cambio se recoge en el Decreto-Ley 195/2026, publicado el pasado 25 de septiembre, que modifica el Decreto-Ley 132/2017 sobre pesos y dimensiones máximos autorizados para los vehículos en circulación. La nueva regulación entrará en vigor el 24 de marzo de 2027, 180 días después de su publicación.
En la exposición de motivos, el Gobierno portugués destaca que la experiencia acumulada en varios países europeos, especialmente en España, ha demostrado la viabilidad técnica y la seguridad de conjuntos de mayores dimensiones y peso, lo que ha llevado a revisar los límites actualmente vigentes para mejorar la eficiencia del transporte y armonizar la normativa en el espacio ibérico.
La principal novedad es el incremento de la MMA de los euro-modulares desde las actuales 60 toneladas hasta las 72 toneladas, así como el aumento de la longitud máxima autorizada desde 25,25 hasta 32 metros. Asimismo, la altura máxima permitida para vehículos a motor y remolques pasa a ser de 4,25 metros.
Requisitos para superar las 60 toneladas
La nueva normativa establece que los conjuntos de más de 60 toneladas deberán tener una longitud superior a 25,25 metros y estar compuestos por dos semirremolques de categoría O4 unidos mediante un dolly. Además, necesitarán una autorización especial de circulación expedida por el Instituto da Mobilidade e dos Transportes (IMT), cuya vigencia máxima se amplía de uno a dos años.
La concesión de estas autorizaciones requerirá el visto bueno previo de los gestores de las infraestructuras por las que vayan a circular los vehículos, que podrán imponer limitaciones o condiciones específicas.
Nuevas exigencias de seguridad
El decreto también refuerza los requisitos de seguridad de los euro-modulares. Todos los vehículos que formen parte del conjunto deberán disponer de sistemas de aviso o asistencia de mantenimiento de carril, frenado avanzado de emergencia (AEBS), control electrónico de estabilidad (ESC) y dispositivos de enganche homologados.
Por otra parte, los conjuntos de más de 25,25 metros sólo podrán circular por carreteras convencionales de doble sentido sin separación física durante un máximo de 25 kilómetros al inicio y otros 25 kilómetros al final del itinerario autorizado. Además, no podrán realizar adelantamientos en este tipo de vías.
Sin autorización para mercancías peligrosas
La regulación mantiene la prohibición de utilizar euro-modulares para el transporte de mercancías peligrosas (ADR), aunque deja abierta la posibilidad de autorizar determinados tráficos o corredores mediante una normativa específica que se apruebe en el futuro.
Pese a la aproximación normativa entre ambos países, la entrada en vigor de esta reforma no supondrá automáticamente la circulación de euro-modulares entre España y Portugal. Para que estos vehículos puedan cruzar la frontera será necesario un acuerdo bilateral específico entre los dos Estados.