Sucesos | Absuelto el camionero acusado en Zamora de homicidio imprudente

Estaba acusado de homicidio imprudente al provocar un accidente de tráfico dando marcha atrás.

El tribunal provincial ha rechazado el recurso por error en la apreciación de las prueba.
El tribunal provincial ha rechazado el recurso por error en la apreciación de las prueba.

La Audiencia Provincial de Zamora ha ratificado la sentencia absolutoria a un camionero, según ha informado Efe, que estaba acusado de homicidio imprudente al provocar un accidente de tráfico con dos fallecidos en una maniobra en la que dio marcha atrás para acceder a una bodega de Toro (Zamora).

Contra esta sentencia absolutoria no se pueden formular nuevos recursos

La sentencia de la Audiencia Provincial de Zamora, que es firme al no poder formularse contra ella nuevos recursos en la vía ordinaria, ha confirmado en todos sus términos una sentencia anterior del Juzgado de lo Penal de Zamora, según el fallo judicial difundido este viernes por el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León.

La sentencia ha desestimado el recurso de apelación planteado por la acusación particular, al que se adhirió el Ministerio Fiscal. Aún así, el pronunciamiento de la Audiencia de Zamora deja abierta la posibilidad de reclamar por la vía civil, pero cierra la puerta a las acciones penales.

Los hechos

El accidente mortal tuvo lugar sobre las 18.30 horas del 27 de noviembre de 2017 en la carretera ZA-605 que comunica Toro con Fuentesaúco, cuando el camión que conducía el acusado realizó una maniobra para acceder a la zona de carga y descarga de una bodega. Como no pudo entrar marcha adelante, dio la vuelta en una rotonda y accedió dando marcha atrás invadiendo totalmente el carril de circulación en sentido Toro por el que circulaban en otro vehículo las víctimas mortales, un matrimonio de 62 y 59 años.

La Audiencia Provincial de Zamora ha considerado probado que el camionero fue auxiliado en la maniobra por dos operarios de la bodega, uno de los cuales se colocó en la parte delantera del camión e hizo uso del chaleco reflectante.

Cuando se acercó el vehículo en el que viajaban las víctimas mortales, el camionero dio ráfagas con las luces y uno de los operarios con una linterna para que se percatara de la presencia del camión, pero el turismo no pudo percibir la presencia del camión, ya que no frenó, y chocó contra el remolque del vehículo articulado.

El tribunal provincial ha rechazado el recurso porque se alegó error en la apreciación de las prueba y posible nulidad, pero ha entendido que ni la acusación ni la Fiscalía han justificado la falta de racionalidad de la motivación del fallo judicial inicial ni que se hayan omitido en él algunas pruebas practicadas.

En el juicio, la acusación particular había solicitado tres años y medio de prisión para el camionero por dos delitos de homicidio por imprudencia grave y, subsidiariamente, que se le condenara al menos por dos delitos de homicidio imprudente por imprudencia menos graves.

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