Los extranjeros pueden conducir un camión en España durante seis meses sin necesidad de canjear su carné
Además, estarán exentos de realizar el CAP inicial si tienen el permiso desde antes del 11 de septiembre de 2009, según el acuerdo publicado por los Ministerios de Transportes, Seguridad Social e Interior.
Los conductores profesionales de países extracomunitarios podrán conducir un camión en España durante un plazo de seis meses con su permiso de conducción de origen siempre y cuando esté en vigor. Además, estarán exentos de realizar el certificado de aptitud profesional (CAP) inicial los conductores titulares de un permiso de la clase C expedido antes del 11 de septiembre de 2009.
Son algunas de las principales aclaraciones que se pueden leer en el acuerdo entre los Ministerios de Transportes, Seguridad Social e Interior, donde se clarifican los trámites administrativos que deben realizar los extranjeros de países no pertenecientes a la Unión Europea y al Espacio Económico Europeo para trabajar como conductores profesionales.
Este acuerdo entre los tres Ministerios también explica las cuatro maneras por las que una empresa puede contratar a un conductor extranjero tenga o no el CAP inicial. El Gobierno aprobó la legislatura pasada la figura del arraigo para la formación, por la que se otorga un permiso de residencia y trabajo de dos años a quienes cursen el CAP.
Estos esfuerzos del Gobierno pretenden paliar la escasez de conductores profesionales en España. Las organizaciones de transportistas cifran en 20.000 los puestos sin cubrir en España y en tres millones en todo el mundo.
Permiso de conducción tipo C
El acuerdo también detalla los cuatro tipos de permisos que los extranjeros pueden utilizar durante los seis primeros meses en España. Trascurrido este plazo los permisos de origen perderán su validez y será necesario su canje.
Si el conductor extranjero tiene un permiso expedido por un país con el cual no se ha firmado ningún convenio, para poder canjearlo deberá acreditar haber estado contratado como conductor profesional, por un tiempo no inferior a seis meses, por empresa o empresas legalmente establecidas o con sucursal en España y superar un examen práctico.
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