Fenadismer ha puesto a disposición de los transportistas un canal de asesoramiento y denuncias anónimas dirigido a combatir las malas prácticas de aquellas empresas cargadoras que incumplan la obligación de repercutir la variación del carburante en los servicios de transporte. Desde abril, es obligatorio que los contratos de transporte continuado se actualicen en cada periodo de facturación conforme a las subidas y bajadas del gasóleo. El Gobierno también aprobó una modificación en la fórmula para calcular esta variación del precio del transporte e introdujo multas para los cargadores que se nieguen a aplicarlo.
La federación de transportistas se encargará de tramitar la correspondiente denuncia ante los Servicios de Inspección de Transporte por Carretera, "con el objetivo de verificar que se está realizando la adecuada revisión de precios", explica en un comunicado.
Pero es que, además, Fenadismer quiere que se investigue si algún cargador rebajó los precios de sus contratos de transporte justo antes de que entrara en vigor la obligación de indexar el precio del gasóleo con el objetivo de que, al aplicar la nueva fórmula, el precio a pagar fuera el mismo. En este sentido, solicitará a la Inspección que ponga especial foco en comprobar minuciosamente las condiciones económicas pactadas contractualmente en su día, así como la facturación anterior a la entrada en vigor del decreto de abril por el que se estableció la obligatoriedad de aplicar dicha fórmula en cada factura de transporte.
Fenadismer insiste en que preservará la identidad del transportista denunciante, "garantizando la máxima confidencialidad en la gestión de cada expediente".
Subidas del 44%
Según la web del Ministerio de Transportes que recoge la variación semanal del gasóleo (que es la que los transportistas tienen que tener en cuenta para calcular las actualizaciones de sus contratos) desde el 1 de enero al 5 de octubre, el precio de de adquisición del combustible para un vehículo pesado ha subido un 44,6%, sin tener en cuenta el Impuesto sobre el Valor Añadido ni la devolución parcial por el gasóleo profesional.