El ministerio de Transportes trabaja en una norma para hacer obligatoria la digitalización del documento de control en el transporte de mercancías. Y no va a esperar a que se apruebe la Ley de Movilidad Sostenible –que lleva más de un año varada en el Congreso en su tramitación parlamentaria–, cuyo borrador ya contempla esta digitalización, sino que prepara un proyecto de decreto cuyo objetivo es "establecer la obligatoriedad de la comunicación de los datos contenidos en los documentos de control y hojas de ruta por vía electrónica".
El borrador está abierto a la participación pública hasta el 8 de julio. Los interesados en aportar su punto de vista lo pueden hacer a través de la web del ministerio. El decreto obligará a los transportistas a usar el documento de control digital, como recoge un reglamento europeo aprobado en 2020, pero también incluirá cambios en otros dos importantes ámbitos del transporte de mercancías por carretera: los cursos del CAP y las exenciones en los tiempos de conducción y descanso.
Como llevan años pidiendo los transportistas, se permitirá la formación online en los cursos para obtener el CAP (Certificado de Aptitud Profesional), tanto en su modalidad inicial como continuada. Durante la pandemia, el ministerio permitió que los conductores de camión obtuvieran o renovaran este certificado de forma online. Ahora, la nueva norma recoge que "es necesario prever la utilización del aula virtual para la formación CAP como un método ordinario, no circunscrito a circunstancias excepcionales". Además, para asegurar la rigurosidad de los exámenes del CAP, el decreto persigue evitar determinadas situaciones relacionadas con el uso de dispositivos de intercomunicación no autorizados.
Exenciones del tacógrafo para los cero emisiones
Por último, la norma favorecerá el uso de vehículos cero emisiones, a los que les permitirá flexibilizar la normativa del tacógrafo. Para los camiones eléctricos se ampliarán "determinadas excepciones a la obligatoriedad de las normas sobre tiempos de conducción y descanso y el uso del tacógrafo en el transporte por carretera, dentro de los umbrales establecidos por la normativa comunitaria".