España permite a los transportistas alquilar camiones matriculados en cualquier país de la UE
El Gobierno ha publicado este miércoles la modificación de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres como exigía Bruselas, que había reprendido al Ejecutivo por no haber cambiado este ley antes. Este cambio posibilita el arrendamiento de vehículos de otros Estados miembro en el transporte de mercancías por carretera.
Los transportistas españoles pueden, desde este jueves, alquilar camiones y furgonetas matriculados en cualquier país de la Unión Europea. El Gobierno ha publicado este miércoles el decreto que modifica la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres para permitir el arrendamiento de vehículos de otros Estados miembro en el transporte de mercancías por carretera. El cambio entre en vigor al día siguiente de su publicación en el BOE.
España cumple así con la directiva europea de 2022 que obligaba a los Estados miembros a permitir sin limitación el alquiler de furgonetas y camiones que tuvieran matrículas de otros países de la UE. Bruselas llamó la atención del Ejecutivo español, y a otros cinco países, por su tardanza en transponer esta directiva.
Modificación de la LOTT
Con el decreto publicado este miércoles en el BOE, se añade un tercer apartado al artículo 38 de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres.
En el segundo apartado de este artículo se especifica que para que un vehículo tenga autorización de transporte debe estar matriculado en España". La modificación añade este tercer punto: "No obstante, los vehículos vinculados a títulos habilitantes para la realización de transporte público de mercancías podrán estar matriculados en otro Estado miembro, siempre que se respete el límite temporal máximo previsto en la legislación nacional a efectos de su matriculación obligatoria en España".
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