Sector | El BOE publica las ayudas al abandono de la actividad

Como se comprometió el Ministerio de Transportes con el Comité, el valor de las subvenciones es de 20 millones de euros para este año.

Podrán ser destinatarios los transportistas autónomos que lleven más de 10 años ejerciendo la actividad y hayan cumplido los 64 años.
Podrán ser destinatarios los transportistas autónomos que lleven más de 10 años ejerciendo la actividad y hayan cumplido los 64 años.

En el Boletín Oficial del Estado ha publicado la convocatoria de ayudas para los transportistas autónomos que abandonen la actividad. Como se comprometió el Ministerio de Transportes con el Comité Nacional del Transporte, ha duplicado la cantidad destinada a este objetivo, hasta alcanzar los 20 millones de euros.

Fenadismer espera que "por primera vez, después de varios años, las ayudas pueda cubrir la mayoría de las solicitudes que presenten transportistas"

"20.000.000 de euros distribuidos entre un importe máximo de 19.860.000 repartidos entre los beneficiarios resultantes recogidos en la Orden de otorgamiento, y un importe máximo de 140.000 para pagar los potenciales recursos estimatorios interpuestos contra dicha Orden", recoge el BOE.

Este importante incremento del presupuesto fue una de las medidas incluidas en las negociaciones mantenidas el pasado mes de marzo entre los miembro del Comité Nacional de Transporte por Carretera con el Ministerio de Transportes, en el marco de los paros del transporte.

Fenadismer, miembro del comité, espera que por primera vez, después de varios años, las ayudas pueda cubrir la mayoría de las solicitudes que presenten transportistas, teniendo en cuenta que en anteriores años debido a la limitación presupuestaria, las ayudas no alcanzaban a dos de cada tres solicitantes.

Requisitos

Como en anteriores ocasiones, los requisitos para acceder a estas ayudas no han variado, de forma que podrán ser beneficiarios aquellos transportistas autónomos que lleven más de 10 años ejerciendo la actividad y hayan cumplido los 63 años, o bien aquellos que, sea cual sea su edad, tuvieran reconocida a fecha de solicitud, una incapacidad permanente absoluta, total o gran invalidez, los cuales gozarán de preferencia en el otorgamiento de las ayudas en el caso de que el presupuesto asignado no cubra todas las solicitudes presentadas.

Las solicitudes y tramitación de los expedientes de abandono de actividad, deberán efectuarse de forma telemática a través de la sede electrónica del Ministerio de Transportes, teniendo en cuenta que el plazo de presentación de las solicitudes es de un mes a partir del día siguiente a la publicación en el BOE, que se puede consultar en el siguiente enlace:

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