Sector | Las gasolineras deben contabilizar la bonificación como un crédito frente a Hacienda

Las empresas transportistas tienen dos opciones: contabilizar la bonificación como una subvención de explotación llevando su saldo a pérdidas y ganancias o bien atendiendo al principio de importancia relativa.

Francia ha aprobado la rebaja de 15 céntimos por litro en el gasóleo.
El Ministerio de Economía aclara cómo se debe contabilizar la bonificación del gasóleo .

El Ministerio de Economía ha publicado una resolución interpretativa sobre cómo deben contabilizar y tributar empresas y autónomos la bonificación de los 20 céntimos por litro de combustible, a la que ha tenido acceso Fenadismer.

Así, en lo que se refiere a las gasolineras, estas deben contabilizar el descuento cómo un crédito frente a Hacienda en la cuenta 470. En el caso de los consumidores finales, la nota aclaratoria del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas señala dos posibles opciones para su contabilización, bien contabilizar la bonificación como una subvención de explotación llevando su saldo a pérdidas y ganancias o bien atendiendo al principio de importancia relativa, como descuento que minora el gasto del suministro.

Fenadismer recuerda al estar en vigor dicha medida desde el pasado 1 de abril, su contabilización y posterior tributación debe hacerse durante este mes de julio al corresponder al período fiscal del segundo trimestre del año.

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