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| La demora en el pago de facturas de transporte: sanciones administrativas aplicables | -

Por Núria Alquézar. Abogada. Derecho del transporte, logística y comercio internacional. Alquézar Advocats.

La demora en el pago de facturas de transporte: Sanciones administrativas aplicables a los contratantes del servicio
La demora en el pago de facturas de transporte: Sanciones administrativas aplicables a los contratantes del servicio

Habitualmente, las partes de un contrato de transporte de mercancías pactan unos plazos de pago que se exceden de los límites legalmente previstos. Este exceso implica la aplicación de sanciones administrativas que las partes desconocen.

Los plazos de pago para saldar estas facturas están regulados en dos normativas: la ley del Contrato de Transporte Terrestre de Mercancías (en adelante, LCTTM), la cual nos remite a una segunda norma, la ley 3/2004, de 29 de diciembre, de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales (en adelante, Ley 3/2004).

¿Qué dicen estas leyes sobre los plazos de pago? Nos dicen que, si no existe ningún plazo de pago previamente pactado, se entiende que el precio del transporte (o factura) es exigible transcurridos 30 días naturales desde la fecha de entrega de la mercancía o prestación de los servicios, incluso cuando haya una factura o solicitud de pago anterior.

Los proveedores de transporte tienen obligación de emitir las facturas 15 días naturales a contar desde la fecha de recepción efectiva de las mercancías

Si bien, en la práctica, es muy común que los profesionales y empresas del sector pacten unos plazos de pago superiores, o que se sigan procedimientos de comprobación y aceptación de facturas y mercancías. ¿Qué prevé la ley al respecto? La ley contempla un plazo máximo de 60 días naturales a contar desde la fecha de entrega de las mercancías o prestación de los servicios. Sobrepasado este plazo, la administración podrá aplicar sanciones administrativas de hasta 6.000 euros, en virtud de lo dispuesto en la LOTT.

Y, ¿existe algún plazo concreto para enviar las facturas? Sí, los proveedores de transporte tienen obligación de emitir las facturas 15 días naturales a contar desde la fecha de recepción efectiva de las mercancías o de la prestación de los servicios.

¿A qué tengo derecho si un cliente no me paga la factura en estos 30 días? La ley 3/2004 prevé una indemnización de 40 euros por factura más la aplicación de los intereses de morosidad en las operaciones comerciales.

Por eso, es muy importante que tanto las empresas de transporte, como las empresas que contratan un transporte para transportar mercancías, como aquellas que lo subcontratan, plasmen en sus documentos contractuales las obligaciones y plazos de cada parte, así como establezcan unos protocolos comerciales y administrativos de acuerdo con lo que dicen las normas comentadas.

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Tribuna abierta a la visión de los principales actores del sector del transporte

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