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El gasóleo subirá hasta 20 céntimos por el conflicto en Oriente Medio; los transportistas pueden repercutirlo

Desde hace cuatro años, es obligatorio que los cargadores actualicen lo que pagan a sus proveedores según el precio del combustible. Fenadismer anima a los transportistas a aplicar este cálculo.

Publicado: 02/03/2026 ·17:13
Actualizado: 06/03/2026 · 11:40
  • La ley de marzo de 2022 recuerda que indexar la subida del gasóleo es la única manera de actualizar el precio del transporte.

La subida de los precios del gasóleo es una de las consecuencias que se deriva de la expansión del conflicto en Oriente Medio por el ataque de Estados Unidos e Israel a Irán este fin de semana. Seguramente la que más preocupa a las empresas de transporte por carretera. Fenadismer calcula que el incremento puede ser de hasta 20 céntimos por litro y recuerda que desde marzo de 2022 la legislación española establece como obligatoria la revisión del precio del transporte en función de la variación del precio del combustible entre el momento de la contratación y el de la efectiva realización del transporte "para evitar que la variación coyuntural de una partida esencial en la estructura de costes de las empresas transportistas pueda ser objeto de negociaciones no siempre compensadas".

La federación de transportistas anima a las empresas del sector a aplicar el incremento a sus clientes. En palabras de su presidente, Carlos Folchi: "En un escenario de guerra y volatilidad extrema, aplicar la revisión del combustible no es una opción comercial, es una obligación legal y una medida de supervivencia para el sector. No repercutir estos costes pone en riesgo la viabilidad de las empresas transportistas y la estabilidad de la cadena de suministro en España".

¿Cómo se calcula?

Para calcular lo que ha variado el precio del gasóleo se tiene que consultar este índice oficial del Ministerio de Transportes. Con ese índice y según el tipo de vehículo, la formula para calcular el aumento es la siguiente:

  • Para vehículos con una masa máxima autorizada igual o superior a 20 toneladas, con excepción de los de obras: multiplicar el índice de variación que da el Ministerio por el precio del transporte y por 0,3. Y dividir el resultado entre 100
  • Para vehículos con una masa máxima autorizada superior a 3,5 toneladas e inferior a 20, con excepción de los de obra y vehículos de obras con una masa máxima autorizada superior a 3,5 toneladas: multiplicar el índice de variación que da el Ministerio por el precio del transporte por 0,2. Y dividir el resultado entre 100
  • Vehículos con una masa máxima autorizada igual o inferior a 3,5 toneladas: Multiplicar el índice de variación que da el Ministerio por el precio del transporte por 0,1. Y dividir el resultado entre 100

Es obligatoria aplicar la revisión a todo tipo de contratos cuando la variación sea mayor o igual al 5%, aunque transportista y cargadores pueden establecer un porcentaje más bajo. Además, la ley no permite que el precio del transporte se actualice de ninguna otra manera.

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