La patronal murciana Froet y los sindicatos UGT y USO han firmado este viernes el nuevo convenio colectivo del transporte en la Región de Murcia. Tras siete años con el convenio prorrogado, ambas partes del diálogo social alcanzaron el pasado 19 de diciembre un acuerdo de condiciones laborales que incluye un aumento salarial del 14% respecto a las tablas de 2018.
En los últimos años, sindicatos y patronal se habían lanzado acusaciones cruzadas de bloquear las negociaciones del nuevo convenio. Al acuerdo final ratificado este viernes no se ha sumado el sindicato CCOO, que lo considera insuficiente.
El convenio murciano afecta a unos 30.000 trabajadores y 3.500 empresas de la Región de Murcia. Será remitido a la autoridad laboral para su visto bueno, tras lo que procederá a publicarse en el Boletín Oficial de la Región de Murcia (BORM), momento en el que oficialmente entrará en vigor, aunque las condiciones económicas pactadas se aplicarán con carácter retroactivo desde el 1 de enero de este año.
El eje central de la oferta de la patronal se basaba en una actualización inmediata de las tablas salariales, con un incremento del 14% para este año respecto a las de 2018, seguido de incrementos anuales del 4% durante los ejercicios de 2027 y 2028. Esta reestructuración salarial incluye la integración del actual plus de transporte dentro del salario base de los trabajadores.
Uno de los avances más significativos del convenio es la unificación y el aumento del importe del plus de kilometraje para que los conductores de vehículos pesados perciban la misma cuantía desde el primer kilómetro recorrido, incrementando su importe un 40% en 2026 sobre el 2018. Posteriormente, este concepto experimentará subidas del 15% anual en cada uno de los dos años siguientes.
31 días de vacaciones sin contar los festivos
En lo que respecta a los días de vacaciones, el nuevo convenio recoge 31 días naturlaes al año y garantiza que los días festivos que coincidan con dicho periodo no computen como vacaciones. Se introduce asimismo un día anual de libre disposición retribuido y no recuperable, junto con el derecho a un día de descanso adicional para aquellos conductores que permanezcan fuera de su residencia habitual más de 15 días continuados.