Sector | Todos los municipios de más de 50.000 deben tener ya una Zona de Bajas Emisiones

El Gobierno ha aprobado un Decreto para regular estas zonas, en las que se potencian los vehículos cero emisiones.

La prohibición es para vehículos sin etiquete de lunes a viernes entre las 7 y las 20 horas.
Este decreto establece los requisitos mínimos que deben cumplir las ZBE.

Los municipios de más de 50.000 habitantes, los territorios insulares y los municipios de más de 20.000 habitantes que superen los valores límite de contaminantes regulados han tenido que aprobar ya sus planes de movilidad urbana sostenible. Así lo dicta el Decreto aprobado el martes 27 de diciembre, por el que se regulan las zonas de bajas emisiones. La norma insta a las ciudades a que introduzcan medidas de mitigación que permitan reducir las emisiones de la movilidad incluyendo, entre otros, el establecimiento de zonas de bajas emisiones (ZBE).

El desarrollo de cada ZBE es competencia municipal, pero en gran medida, este texto normativo lo que hace es definir "unos objetivos concretos y cuantificables en el ámbito de las zonas de bajas emisiones, que puedan ser convenientemente monitorizados y evaluados, y establece los requisitos mínimos que deben cumplir estas zonas en aspectos clave como extensión, la delimitación o las condiciones de acceso, aportando seguridad jurídica a particulares y empresas mediante una legislación homogénea en todo el territorio nacional", explica el Ministerio para la Transición Ecológica.

Cero emisiones en la distribución urbana

El decreto no da normas concretas sobre cómo las Administraciones locales tienen que cumplir los objetivos, pero menciona que en el ámbito de la distribución deben fomentar las soluciones cero emisiones: "Con relación al transporte urbano de mercancías, las entidades locales velarán por potenciar los vehículos cero emisiones, la "ciclologística" y las soluciones de optimización ambiental de los repartos, con el fin de garantizar que dicha actividad es cero emisiones".

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