Desde ahora y hasta el 30 de octubre se puede pedir la ayuda al combustible para los vehículos que no cuentan con gasóleo profesional. Las solicitudes se realizan a través de la web de la Agencia Tributaria (en este enlace). Cada empresa que tenga derecho a esta subvención recibirá un único pago según el número y tipo de vehículos que tenga su flota, tal y como viene recogido en el artículo 25 del decreto ley del 29 de junio.
Las ayudas de este decreto están vinculadas al impuesto sobre hidrocarburos (a más rebaja de impuesto, menos ayuda para los transportistas) y en septiembre se ha rebajado el impuesto al gasóleo. Por eso, la cantidad de la subvención es finalmente menor de lo que inicialmente estaba planteado.
A la hora de pedir la ayuda es necesario aportar los datos identificativos del solicitante y una cuenta bancaria para el abono. En el caso de empresas o autónomos con domicilio fiscal en País Vasco o Navarra, el trámite deberá gestionarse ante sus respectivas haciendas forales.
Esta ayuda viene a prorrogar las medidas aprobadas en marzo para paliar los efectos económicos de la guerra en Irán en determinados sectores como el transporte, muy afectado por el encarecimiento de combustible. El Gobierno bonificó con 20 céntimos el litro del gasóleo profesional y, para los transportistas que no tengan derecho a este mecanismo de devolución parcial de impuestos, ideó un pago único (según sus vehículos). La primera tanda de ayudas buscaba compensar los repostajes de marzo a junio y la segunda –que es la que ahora se puede solicitar– los de julio a septiembre.