Sector | Los transportistas gallegos vuelven a exigir a la Xunta servicios mínimos de restauración

Piden que el Gobierno autonómico autorice unos servicios mínimos de restauración para los transportistas, a fin de evitar la paralización del sector.

Fetram y Fegatrans-Apetamcor han comunicado a la Xunta siete medidas para poder dar servicio a los transportistas.
Fetram y Fegatrans-Apetamcor han comunicado a la Xunta siete medidas para poder dar servicio a los transportistas.

Las federaciones gallegas de transportistas Fetram y Fegatrans-Apetamcor han solicitado este viernes por tercera vez a la Xunta de Galicia la autorización de unos servicios mínimos de restauración para los conductores profesionales, más allá de la limitación horaria general establecida con respecto a la pandemia.

Las federaciones gallegas califican la situación de "límite" y aseguran que muchos transportistas están cerca de parar el negocio por ese motivo

"Los transportistas están en una situación límite, hasta el punto de que muchos manifiestan que ven cerca el momento de parar sus vehículos. Al hecho de que ya son muchos meses trabajando en unas condiciones de extrema precariedad, y bajo la responsabilidad de garantizar el abastecimiento general de la población en el contexto de la crisis sanitaria por la Covid, ahora se añade la mayor limitación de apertura al público de los establecimientos de hostelería y restauración", reivindican las federaciones.

 Fetram y Fegatrans-Apetamcor proponen las siguientes siete medidas para aliviar la situación:

  • Comunicación previa obligatoria a Sanidad: El establecimiento de hostelería y restauración que desee prestar servicios mínimos de restauración a los profesionales del transporte más allá de la limitación horaria que en su respectivo ayuntamiento esté establecida por la autoridad sanitaria, deberá obligatoriamente enviar una comunicación previa a tal efecto a la Consellería de Sanidade manifestando su intención de ofrecer servicios mínimos a los conductores profesionales en un horario más prolongado, especificando el horario prolongado que va a tener e identificando el nombre del establecimiento y su ubicación.
  • Solo en parques empresariales en áreas de servicio fuera de zonas urbanas: Los establecimientos que deseen prestar esos servicios mínimos, deberán estar ubicados necesariamente en parques empresariales, polígonos industriales o anexos a áreas de servicio fuera de zonas urbanas.
  • Exclusivamente para los profesionales del transporte: Los profesionales del transporte que deseen hacer uso de esos servicios mínimos deberán acreditar su condición, bajo algún documento que así lo acredite (se propone la tarjeta CAP de conductor/a profesional).
  • Consumición en el interior siempre de forma individual y sentado: En este horario de servicios mínimos, la consumición en el interior deberá realizarse de modo individual y sentado (no en barra), garantizando en todo caso las demás medidas de seguridad contra la Covid.
  • Escrupulosa limpieza y desinfección: Se garantizará una escrupulosa limpieza y desinfección de los espacios comunes, fundamentalmente aseos y duchas.
  • No agrupación de personas: El establecimiento deberá controlar y responsabilizarse en todo momento de que no hay agrupación de personas, ni en interior ni en el exterior del establecimiento, estando obligado a comunicar a la policía local aquellas prácticas que lo incumplan.
  • Limitación en la venta de bebidas alcohólicas: Si la Autoridad Sanitaria así lo considera necesario, también se podría establecer la prohibición de la venta de todas o determinadas bebidas alcohólicas a partir de una determinada hora.

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