El sector del transporte en España afronta desde hace años una escasez estructural de conductores profesionales, especialmente en el transporte de mercancías por carretera. Para cubrir esta necesidad, muchas empresas están incorporando a conductores procedentes de terceros países que cuentan con autorización de residencia y trabajo en España y que disponen de permisos de conducción obtenidos en sus países de origen.
Sin embargo, estas incorporaciones se ven condicionadas por diversos procedimientos administrativos necesarios para que los conductores puedan ejercer legalmente su profesión en España, siendo uno de los principales el canje u homologación del permiso de conducción extranjero ante la Dirección General de Tráfico (DGT).
En los últimos meses se ha observado un incremento significativo en los plazos de tramitación de estos expedientes, lo que genera dificultades tanto para los conductores como para las empresas del sector. Según datos obtenidos del análisis de expedientes reales, los tiempos de resolución pueden superar ampliamente los plazos razonables para este tipo de procedimientos administrativos.
Desde un punto de vista formal, una vez aprobado el expediente de canje y realizado el trámite en la jefatura de la DGT, el permiso de conducción español definitivo suele emitirse en aproximadamente un mes y medio, durante el cual se entrega al conductor un permiso provisional que le permite conducir en España hasta la recepción del documento definitivo.
No obstante, antes de llegar a esta fase final, es necesario realizar una verificación previa de la autenticidad del permiso con las autoridades del país de origen. En el caso de Perú, con el que España mantiene un acuerdo de canje, la DGT debe solicitar a las autoridades peruanas la confirmación de la validez del documento presentado. El tiempo orientativo de esta fase previa se sitúa entre dos y tres meses, dependiendo principalmente de la respuesta de la administración peruana, e incluye tanto la validación del permiso como la posterior gestión de la cita y tramitación ante la DGT.
Incluso una vez completado el canje, el acceso al mercado laboral no es inmediato, ya que la normativa española exige la obtención del Certificado de Aptitud Profesional (CAP), obligatorio para ejercer como conductor profesional en el transporte por carretera. Este certificado puede obtenerse mediante una cualificación inicial ordinaria de 280 horas o una modalidad acelerada de 140 horas, ambas con examen final, y posteriormente requiere formación continua de 35 horas cada cinco años para mantener la habilitación.
Además, para ejercer plenamente la actividad, los conductores deben obtener la tarjeta de conductor para el tacógrafo digital, documento personal que registra los tiempos de conducción y descanso conforme al Reglamento (UE) 165/2014. La tarjeta se solicita ante las autoridades competentes de cada comunidad autónoma y su emisión suele tardar entre 3 y 4 semanas, constituyendo un requisito imprescindible para operar vehículos equipados con tacógrafo.
Actualmente, muchas comunidades autónomas exigen también presentar el informe FOM, que acredita que el conductor ha completado la formación necesaria y cumple los requisitos administrativos para ejercer profesionalmente. La tramitación de este informe suele realizarse junto con la solicitud del tacógrafo y puede tardar entre 1 y 2 semanas, permitiendo completar el proceso y recibir la tarjeta de tacógrafo, requisito indispensable para operar vehículos de transporte profesional.