Sector | Bruselas excluye a los semirremolques de la obligación de retornar cada ocho semanas

La Comisión Europea ha aclarado que solo los "vehículos de motor" tienen que volver en ese plazo a un centro del país donde el transportista esté radicado.

Los remolques y semirremolques en septiembre han alcanzado las 1.729 matriculaciones.
La norma entró en vigor en abril de este año.

Desde abril de este año las empresas transportistas internacionales que operen en la Unión Europea deben regresar sus camiones a un centro del país donde estén radicados cada ocho semanas. La Comisión Europea aclara que este retorno obligatorio no afecta a los remolques y semirremolques, sino solo a los "vehículos y conjuntos de vehículos a motor".

Asociaciones transportistas y empresas habían pedido a Bruselas que se excluyera a los remolques de la norma

Era una de las dudas que generaba esta norma, que se incluye en el Paquete de Movilidad de la Unión Europea y que tiene el objetivo de luchar contra la deslocalización de las empresas buzón -aquellas que están radicadas en un país miembro con peores condiciones laborales, pero que operan en otro Estado miembro-, así como mejorar las condiciones del sector. Esta directiva europea obligaba en su artículo 5 a que las transportistas organizaran "la actividad de su flota de vehículos de manera que garantice que los vehículos que están a disposición de la empresa y se utilizan en transporte internacional regresan a uno de los centros operativos en ese Estado miembro al menos dentro de las ocho semanas posteriores a su salida". Dejando así en el aire si ese "vehículo" que tenía que volver al país era solo la cabeza tractora o también el remolque.

Esta duda había provocado las quejas de asociaciones transportistas e incluso empresas alquiler de semirremolques como TIP, que ha publicado en su web la aclaración de la Comisión Europea.

Tres razones para excluir a los remolques

TIP también ha explicado por qué tres razones, a su modo de ver, no tenía sentido que los remolques y semirremolques estuvieran obligados a retornar: 

  • La obligación de devolución está vinculada a los requisitos de ubicación y, por lo tanto, se aplica a los vehículos que deben tener un permiso Euro, lo que no es el caso de los remolques. 

  • No es posible hacer un seguimiento de la devolución de un remolque, porque no tienen tacógrafo.

  • El funcionamiento del remolque vacío tiene impactos ambientales, económicos y financieros negativos, además de afectar negativamente el flujo de tráfico. 

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