Sector | Desconvocada la huelga del transporte de mercancías de la provincia de Zaragoza

Después de doce reuniones entre los sindicatos CCOO, UGT y OSTA, y la patronal, se ha llegado al acuerdo en el convenio colectivo.

Se ha pactado para 2023 una subida del 5% en las tablas del convenio.
Se ha pactado para 2023 una subida del 5% en las tablas del convenio.

La huelga del transporte de mercancías de la provincia de Zaragoza, prevista para los días 5 al 11 y del 21 al 25 de noviembre, ha quedado desconvocada tras alcanzar un acuerdo los representantes de los trabajadores y la patronal para el nuevo convenio colectivo que tendrá vigencia hasta 2024, informa Europa Press.

Después de doce reuniones celebradas entre la representación de los trabajadores del sector de transporte de mercancías y logística compuesta por CCOO, UGT y OSTA, y la patronal, se ha llegado al acuerdo en el convenio colectivo.

Condiciones 

En 2022 se ha establecido una paga única, no consolidable, de 1.100 euros para cada trabajador, que se percibirá en proporción a la jornada y al tiempo de permanencia durante todo el año 2022, según han informado fuentes sindicales.

Igualmente se incrementarán un 5% los conceptos de las tablas de convenio con efectos del 1 de enero de 2023, y también en este año habrá un incremento salarias de un 3,5% y si el IPC es superior se actualizaría con un máximo de un 5%. En 2024 el incremento será de un 3% y se actualizaría con un máximo de un 5% si el IPC es superior.

Se ha establecido un plus de distancia de 42 euros y un plus "mega dúo" por camión articulado de 13,5 euros al día. Asimismo, se cubrirá el 100% del sueldo en caso de accidente de trabajo con hospitalización y sin hospitalización como en convenio hasta un 90%.

Se va a crear además una comisión de trabajo paritaria con reunión trimestral para dar nueva redacción al convenio. Se incluye la regulación del teletrabajo y la excedencia por fallecimiento de familiar de primer grado de hasta un mes.

En el acuerdo figura la compensación por festivo trabajado de 1,75%, así como la compensación por descanso trabajado de 1,50%. Si se trabaja en día de descanso, la elección de retribución o descanso será a elección de la empresa, si la elección es descanso lo elegirá el trabajador.

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