Sector | El Senado rechaza el alcoholímetro en camiones por no demandarlo los transportistas

"Al contrario que el sector de transporte de viajeros por carretera, el sector de transporte de mercancías no ha demandado ni directamente, ni a través de Comité Nacional de Transportes por Carretera (CNTC), la incorporación de dispositivos alcoholímetros antiarranque a los vehículos N2 y N3", sostiene el PSOE.

Rechazado el alcoholímetro en camiones por no demandarlo los transportistas
Rechazado el alcoholímetro en camiones por no demandarlo los transportistas

Los vehículos destinados al transporte de mercancías por carretera no deberán disponer de alcoholímetros antiarranque a partir del 6 de julio de 2022, una medida que sí se implantará en los vehículos destinados al transporte de viajeros.

Así ha quedado dispuesto este lunes 8 de noviembre por la Comisión de Interior del Senado, que ha aprobado el informe de la ponencia del proyecto de Ley por la que se modifica la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, que modifica el polémico artículo 62 que enfrenta a las autoescuelas tradicionales y las digitales.

Con 17 votos a favor y once abstenciones, entre ellas las de los senadores del PP y Vox, ha salido adelante el dictamen que ha incluido 12 enmiendas de las 83 presentadas por todos los grupos, a excepción del PNV.

De este modo, se ha incorporado al texto una enmienda del PSOE que mantiene la obligatoriedad de disponer de alcoholímetros antiarranque en los vehículos destinados al transporte de viajeros desde el 6 de julio de 2022, pero la elimina en el caso del transportes de mercancías, según recoge recoge Europa Press.

"Al contrario que el sector de transporte de viajeros por carretera, el sector de transporte de mercancías no ha demandado ni directamente, ni a través de Comité Nacional de Transportes por Carretera (CNTC), la incorporación de dispositivos alcoholímetros antiarranque a los vehículos N2 y N3", sostiene el PSOE, que añade que la instalación de estos dispositivos "supone un elevado coste que en las actuales circunstancias económicas las empresas de transporte de mercancías por carretera probablemente no están en condiciones de afrontar".

Además, se ha añadido otra enmienda de los socialistas que establece que cuando un conductor sea sancionado en firme en vía administrativa por la comisión de alguna de las infracciones graves o muy graves, los puntos que corresponda detraer quedarán descontados de forma automática en el momento en que se proceda a la anotación de la citada infracción en el registro de conductores e infractores de Organismo Autónomo Jefatura Central de Tráfico quedando constancia en dicho registro del crédito total de puntos de que disponga el titular de la autorización.

"Transcurrido un año desde la firmeza de la sanción sin que la infracción de la que trae causa haya sido anotada, no procederá la detracción de puntos", apunta el texto, donde el PSOE argumenta que el objetivo es establecer un plazo máximo para la detracción de puntos desde la firmeza de la sanción, plazo que en la actualidad no existe, "por razones de seguridad jurídica".

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