Sector | Los límites a las ayudas a la transformación de flotas serán más estrictos

El Ministerio de Transportes publica una orden en la que adelanta que los transportistas que accedan a subvenciones tendrán que adaptarse una futura modificación del reglamento de la UE "que en algunos casos supone límites más estrictos que en el reglamento vigente".

Esta orden afecta a las ayudas que se publiquen a partir del 28 de junio.
Los transportistas deben cumplir los requisitos de la UE vigentes cuando se publiquen las ayudas.

A partir de ahora, los transportistas que accedan a ayudas para la transformación de flotas tendrán que adaptarse una futura modificación del reglamento de la UE "que en algunos casos supone límites más estrictos que en el reglamento vigente".

Así lo ha aprobado el Ministerio de Transportes en una orden publicada este martes en el BOE. Se adelanta así a la intención de la Comisión Europea de modificar el Reglamento 651/2014, que pone límites a la cantidad de ayudas que pueden recibir las empresas.

Límites actuales

Actualmente, el reglamento de la UE limita las ayudas a la transformación de flotas al 40% de los costes subvencionables en el caso de las grandes empresas. En el caso de las empresas medianas, este porcentaje puede aumentar hasta el 50% de los costes y para las pequeñas empresas las subvenciones pueden llegar a cubrir el 60%.

Estos límites se refieren en concreto a tres acciones subvencionables: adquisición de vehículos de energías alternativas bajas en carbono; retrofit o modificación de la forma de propulsión de vehículos; e implantación de infraestructura de recarga de vehículos eléctricos.

Sin embargo, la Comisión Europea ha hecho pública su decisión de modificar este reglamento, que entrará en vigor una vez que se haya publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea. 

Esta modificación recoge diversos cambios en la regulación de las ayudas a vehículos cero emisiones o vehículos limpios y puntos de recarga eléctrica, que en algunos casos suponen límites más estrictos que en el reglamento vigente hasta esta modificación.

"Una vez que entre en vigor esta modificación del reglamento europeo, los regímenes de ayuda existentes tendrán un plazo de seis meses para adaptarse a las nuevas disposiciones, lo que requiere prever esta situación en el régimen de ayudas marcado en el Real Decreto 983/2021 [por el que se aprueban ayudas para la transformación de flotas] y la aclaración expresa de que se deben de cumplir los límites y requisitos de la regulación de ayudas de Estado que sean de aplicación en el momento de la concesión de la ayuda", explica la orden ministerial publicada este martes.

Cerrar

Inicia sesión con email

He olvidado mi contraseña