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Confusión con la ley antitabaco: ¿podrán fumar los conductores profesionales si están solos en su camión o furgoneta?

Los vehículos de trabajo serán espacios sin humo salvo durante su uso exclusivamente personal. El Ministerio de Sanidad aclara que con ello se refiere "a que no puede estar acompañado durante los trayectos derivados del trabajo y fumar. Solo se puede fumar cuando se esté solo".

Publicado: 22/07/2026 ·16:54
Actualizado: 22/07/2026 · 16:55
  • El texto completo del proyecto de ley se puede conocer esta semana o ya en septiembre.

El Gobierno ha aprobado este martes el proyecto de ley que modifica la ley antitabaco y amplía los espacios sin humo a, entre otros lugares, terrazas, playas y "vehículos de trabajosalvo durante su uso exclusivamente personal—", según explica el Ministerio de Sanidad en un comunicado. Las asociaciones de transportistas CETM y Fenadismer entienden que esto hace referencia a camiones y furgonetas y se han mostrado en contra de la prohibición de fumar en ellos, al menos, si el conductor viaja solo.

Ruta del Transporte ha preguntado al Ministerio de Sanidad qué se entiende por "uso exclusivamente personal", pues es la excepción en la que sí se permite fumar en un vehículo de trabajo. Un portavoz del Ministerio ha aclarado por correo electrónico que "se refiere a que [el conductor] no puede estar acompañado durante los trayectos derivados del trabajo y fumar. Solo se puede fumar cuando se esté solo". Una precisión que va en el sentido de lo que piden los transportistas. De hecho, CETM, la patronal mayoritaria del sector, asegura que, "si esto es así y los conductores pueden fumar cuando vayan solos", están satisfechos. 

CETM y Fenadismer lamentan que Sanidad no ha consultado en ningún momento a las asociaciones que forman parte del Comité Nacional del Transporte por Carretera –el órgano de interlocución entre los transportistas y la Administración–. La federación de transportistas Fenadismer presentó alegaciones durante la fase de consulta pública del anteproyecto de ley, porque entendía que se prohibía fumar siempre que el vehículo tuviera un uso laboral (incluso aunque el chofer estuviera solo). El secretario general de esta federación, Juan José Gil, explica que no recibieron entonces ninguna aclaración y por eso pide claridad en la redacción, es decir, que se especifique si el conductor puede fumar cuanto esté solo en la cabina.

Tramitación

El anteproyecto de ley (la fase previa al proyecto de ley) recogía como espacios sin humo "los vehículos utilizados por las personas con ocasión o como consecuencia de su trabajo por cuenta ajena salvo durante su uso exclusivamente personal". 

Tras ser aprobado este martes por el Gobierno, el proyecto de ley ha pasado ahora al Congreso y su texto completo se conocerá cuando la Mesa de la Cámara lo califique, algo que puede ocurrir esta misma semana o ya en septiembre. Además, la norma puede sufrir modificaciones durante su tramitación en las Cámaras y, de hecho, puede ser rechazado si no logra que lo apoyen una mayoría de diputados.

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