Este mes de abril se ha publicado el decreto que modifica las condiciones que deben reunir los extintores de incendios instalados en vehículos de transporte de personas o de mercancías. Con él, desaparece la obligación de contar con extintor en los vehículos que tengan una Mara Máxima Autorizada (MMA) inferior a 3,5 toneladas y el Gobierno unifica el tipo de extintor para los vehículos de entre 3,5 toneladas y siete toneladas. El decreto completo se puede consultar aquí.
La patronal murciana Froet lo resume en las tres clases de extintores que deben llevar los caminones según su MMA:
- Los camiones de 3,5 a siete toneladas deberán contar con un extintor de clase 21A/113B.
- Los de hasta 20 toneladas con uno de clase 34A/144B.
- Y los camiones de más de de 20 toneladas: dos de clase 34A/144B.
¿Qué significa el código de cada extintor?
El código aparejado a cada tipo de extintor se refiere a la eficacia y capacidad de extinción, explica Froet. Por ejemplo, un extintor de clase 5A 21B se refiere a la capacidad de extinción del extintor frente a fuegos de Clase A (materiales sólidos) y Clase B (líquidos inflamables). El número indica la magnitud del fuego que el extintor puede controlar. En este caso, el extintor puede controlar un fuego de 5A (materiales sólidos) y 21B (líquidos inflamables).
- Clase A: Fuegos de materiales sólidos como madera, papel, textiles, etc.
- Clase B: Fuegos de líquidos inflamables como gasolina, aceite, alcohol, etc.
- Números: El número indica la magnitud del fuego que el extintor puede controlar. Por ejemplo, un extintor con 5A puede extinguir un fuego de 5 metros de altura de un material sólido, mientras que un extintor con 21B puede extinguir un fuego de 21 litros de un líquido inflamable.
Por lo tanto, la eficacia 5A/21B indica que el extintor es adecuado para fuegos de clase A y clase B, con un alcance específico para cada tipo de fuego.
Como alternativa para los vehículos de transporte de mercancías, también se considerará válido contar con la dotación mínima de extintores exigida por el Acuerdo ADR (Transporte Internacional de Mercancías Peligrosas por Carretera), según su MMA.