Sector | La sanción por conducir con un móvil en la mano pasa de tres a seis puntos

Este lunes ha entrado en vigor la nueva Ley de Tráfico y Seguridad Vial.

Pasa de infracción grave a muy grave arrojar a la vía o en sus inmediaciones.
Pasa de infracción grave a muy grave arrojar a la vía o en sus inmediaciones.

Este lunes 21 de marzo ha entrado en vigor la nueva Ley de Tráfico que fue aprobada en diciembre. No hay puntos específicos para conductores profesionales, pero sí se pueden ver afectados por la mayoría de ellos. Esta Ley incide sobre elementos esenciales de la seguridad vial como son las distracciones, la velocidad, el alcohol y el no uso del cinturón de seguridad y se incrementan el número de puntos a detraer en determinados preceptos.

La patronal CETM destaca varios puntos: 

  • Aumenta de 3 a 6 los puntos a detraer por utilizar, sujetando con la mano, dispositivos de telefonía móvil mientras se conduce. Desde 2016 las distracciones al volante son la primera causa de los accidentes mortales.
  • Aumenta de 3 a 4 los puntos a detraer por no hacer uso, o no hacerlo de forma adecuada, del cinturón de seguridad.
  • Se incrementa la seguridad de los ciclistas haciendo obligatorio, en vías con más de un carril por sentido, cambiar por completo de carril cuando se proceda a adelantar a ciclistas o ciclomotores. Además, se aumenta de 4 a 6 los puntos a detraer cuando se adelanta poniendo en peligro o entorpeciendo a ciclistas sin dejar la separación mínima obligatoria de 1,5 m. También se prohíbe parar o estacionar en carril bici o en vías ciclistas.
  • Se unifica en 2 años el plazo que tiene que transcurrir sin cometer infracciones que detraen puntos para que un conductor pueda recuperar su saldo inicial de puntos. Hay que tener en cuenta que hasta la aprobación de la reforma de la Ley, este periodo variaba en función de la gravedad de la infracción cometida y ahora se ha simplificado para que su comprensión sea más fácil.
  • Se podrán recuperar 2 puntos del carnet por la realización de cursos de conducción segura y eficiente. Una Orden Ministerial desarrollará los requisitos necesarios y las condiciones que deben de cumplir.
  • Pasa de infracción grave a muy grave arrojar a la vía o en sus inmediaciones objetos que pueden producir accidentes o incendios. Esta infracción supone la pérdida de 6 puntos y la sanción de 500 euros.
  • Se autoriza la utilización de dispositivos inalámbricos certificados u homologados para la utilización en el casco de protección de los conductores de moto y ciclomotor, con fines de comunicación o navegación, siempre que no afecte a la seguridad en la conducción.
  • Se introduce una nueva infracción grave, con 200 euros de cuantía, por no respetar las restricciones de circulación derivadas de la aplicación de los protocolos ante episodios de contaminación y de las zonas de las bajas emisiones. La Ley de Cambio Climático y Transición Energética obliga a los municipios de más de 50.000 habitantes a establecer Zonas de Bajas Emisiones antes del 1 enero de 2023.
  • Se introduce, como infracción muy grave sancionada con 500 euros, utilizar dispositivos de intercomunicación no autorizados reglamentariamente en las pruebas para la obtención y recuperación de permisos o licencias de conducción u otras autorizaciones administrativas para conducir o colaborar o asistir con la utilización de dichos dispositivos. Además, el aspirante no podrá presentarse de nuevo a las pruebas para la obtención del permiso en el plazo de 6 meses.

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