Furgonetas | El Gobierno interviene para equilibrar la carga útil de las furgonetas eléctricas

El objetivo del gobierno es impulsar este tipo de vehículos. El Ejecutivo también ha modificado otras cuestiones relacionadas con el examen del CAP.

El Gobierno pretende incentivar el uso de furgonetas eléctricas con esta modificación legal.
El Gobierno pretende incentivar el uso de furgonetas eléctricas con esta modificación legal.

El Consejo de Ministros ha aprobado este martes un decreto que, entre otras cosas, modifica la normativa reguladora del transporte terrestre con el objetivo de impulsar "la distribución de última milla con vehículos eléctricos", según el comunicado del Ministerio de Transportes (Mitma). De este modo, se permitirá que los vehículos que utilicen la energía eléctrica para el transporte de mercancías no requieran autorización aunque superen las 2 toneladas de Masa Máxima Autorizada (MMA) que se exige a un vehículo convencional, pudiendo llegar hasta las 2,5 toneladas.

El Mitma quiere corregir la limitación de las furgonetas eléctricas, porque el mayor peso de estos vehículos, derivado de la presencia de baterías, provocaba que redujeran su carga útil

Con la modificación de la normativa para el peso de estas furgonetas eléctricas "se corrige una de las limitaciones que venían sufriendo estos vehículos", explica el Mitma. La cartera que dirige Raquel Sánchez asegura que estos vehículos eléctricos tenían una limitación respecto a los no eléctricos porque "el mayor peso de estos vehículos, derivado de la presencia de baterías, provocaba que se les exigiera o bien unos requisitos correspondientes a vehículos de mayor tamaño o que redujeran su carga útil, lo que desincentivaba su uso para la distribución de última milla".

Con esta modificación, se permitirá que los vehículos dedicados al transporte de mercancías que utilicen como fuente la energía eléctrica no requieran autorización de transporte público de mercancías aunque superen las 2 toneladas de Masa Máxima Autorizada (MMA) que se exige a un vehículo convencional, pudiendo llegar hasta las 2,5 toneladas.

De este modo, se cubre el sobrepeso que suponen las baterías y se permite que tengan la misma carga útil que un vehículo convencional equivalente, sin necesidad de solicitar autorizaciones destinadas a vehículos de mayores dimensiones.

Modificación del CAP

Por otro lado, esta ley también modifica la regulación del certificado de competencia profesional, con el objetivo "de garantizar que los solicitantes dispongan de los conocimientos necesarios y, además, se  adapta la composición de los tribunales para obtener el Certificado de Aptitud Profesional (CAP) a las necesidades de las Comunidades Autónomas". Así, se ha añadido una penalización de 1/3 por respuesta errónea en los ejercicios del examen para la obtención del certificado de competencia profesional. Y se flexibiliza la composición de estos tribunales para obtener el CAP.

Asimismo, se ha finalizado la adaptación del marco normativo a la sentencia del Tribunal Supremo que eliminó la obligación a los solicitantes de una autorización de transporte público de mercancías por carretera de disponer de, al menos, un vehículo con una antigüedad inicial no superior a cinco meses, contados desde su primera matriculación.

De este modo, se ha perfeccionado la regulación para que este requisito tampoco aplique a la adscripción de nuevos vehículos o la sustitución de alguno de ellos, ya que se generaban situaciones asimétricas en los operadores del mercado, así como procedimientos administrativos innecesarios.

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