Sector | Fenadismer lamenta que Europa no flexibilice el tacógrafo de los camiones

Una nueva norma sí permitirá a los conductores de transporte discrecional de viajeros dividir su pausa obligatoria de 45 minutos en dos pausas de al menos quince minutos cada una.

Los camiones eléctricos representan el 0,1% de todos en Europa.
Fenadismer promoverá que esta legislación se extienda al transporte de mercancías.

La Unión Europea ha aprobado una nueva flexibilización de tiempos de conducción y descanso, que se publicará en próximos días en el Diario Oficial de la Unión Europea para su inmediata entrada en vigor, pero dirigida exclusivamente al sector del transporte discrecional de viajeros en autobús, justificándolo en la necesidad de adaptar mejor el sector del transporte discrecional de viajeros a su ritmo específico de trabajo y garantizar un mejor servicio a los pasajeros. Fenadismer, que se ha hecho eco de esta noticia, lamente que se deje fuera de la misma al transporte de mercancías por carretera.

Así, la nueva norma establece una nueva regulación para la pausa de 45 minutos que debe realizarse en cada bloque de conducción de 4,5 horas, permitiendo a los conductores de transporte discrecional de viajeros por carretera dividir su pausa obligatoria en dos pausas de al menos quince minutos cada una.

Asimismo se permite un aplazamiento del inicio del descanso diario por un tiempo máximo de una hora, siempre y cuando el período de conducción de ese día no haya superado las siete horas, y siempre que se trate de un servicio discrecional de transporte de viajeros de una duración de al menos seis días. Esta excepción podrá aplicarse en dos ocasiones cuando el servicio discrecional de transporte de viajeros tenga una duración mínima de ocho días.

Por último, en lo relativo a los descansos semanales, el Paquete de Movilidad Europeo, aprobado en 2020, contemplaba solo para los transportes internacionales la posibilidad de realizar dos descansos semanales reducidos consecutivos de al menos 24 horas. Con la nueva norma también se hace extensivo a los transportes nacionales discrecionales de viajeros, pero no a los de mercancías.

Fenadismer considera positivas las nuevas modificaciones aprobadas tendentes a permitir una mayor flexibilización en la aplicación de la normativa sobre tiempos de conducción y descanso en el caso del transporte discrecional de viajeros, considera que dicha regulación debería asimismo haberse aplicado al transporte de mercancías, "dada heterogeneidad de actividades que comprende, en muchas de las cuales resulta de difícil aplicación la regulación actual, por lo que promoverá antes las instituciones europeas su extensión a todos los subsectores del transporte por carretera".

Cerrar

Inicia sesión con email

He olvidado mi contraseña