Sector | En 2023 se acaba la exención de visar las autorizaciones de transporte

En el año de la pandemia, el Gobierno aprobó una prórroga de un año para realizar este trámite, que al ser bianual acaba en 2023

En agosto se han matriculado un total de 9.039 comerciales ligeros.
Los vehículos ligeros de transporte internacional también tienen que visar sus autorizaciones.

Como consecuencia de la pandemia, el Gobierno aprobó en Julio de 2020 un decreto para prorrogar diferentes trámites administrativos, entre ellos, el visado de las autorizaciones de transportes que correspondía hacer en 2020, lo que ha supuesto mantener la vigencia de las autorizaciones de transporte de mercancías. Como la obligación de visar las autorizaciones de transporte es cada dos años, en la práctica quedó prorrogada hasta 2023, como recuerda Fenadismer.

La semana pasada ya recordó CETM las fechas en las que cada transportista tendrá que hacer su visado. Conforme al calendario fijado en su día por el Ministerio de Transportes, el visado debe realizarse en el mes que corresponda en función del último número de identificación fiscal del titular de la autorización de transporte a visar, por lo que en consecuencia este mes de Enero corresponderá visar a todos los titulares de autorizaciones de transporte de mercancías y operadores de transporte cuya terminación acabe en 1, y así sucesivamente los siguientes meses excepto en Agosto que se declara inhábil a estos efectos.

También el transporte ligero

Por último, Fenadismer subraya a todos aquellos transportistas ligeros que realizan transporte internacional y que debieron solicitar la licencia comunitaria el pasado año 2022 como consecuencia de las nuevas exigencias establecidas en el Paquete de Movilidad aprobado por la Unión Europea , que dicha autorización internacional tiene limitada su validez a un año, por lo cual deberán renovarla en el mes en que le corresponda realizar el visado de su autorización de transporte nacional en este año 2023, momento en el que la comunidad autónoma comprobará el cumplimiento de todos los requisitos exigidos para su obtención. Para ello, deberán acreditar que siguen cumpliendo el requisito de competencia profesional (bien a su nombre o bien contratando a un gestor) así como los relativos a establecimiento, honorabilidad y capacidad económica que se exigen en la actualidad a los vehículos de mayor tonelaje, aunque en este último caso con un importe menor

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