Sector | Las empresas transportistas deberán llevar un Registro salarial obligatorio

Desde este miércoles deberán llevar un documento que acredite la igualdad de trato y la no discriminación entre hombres y mujeres.

Las empresas transportistas deberán llevar un Registro salarial obligatorio
Las empresas transportistas deberán llevar un Registro salarial obligatorio

A partir de este miércoles 14 de abril, las empresas transportistas -autónomos o sociedades- deberán llevar un registro retributivo de toda su plantilla, incluido el personal directivo y altos cargos, en el que se muestre de forma separada las retribuciones de hombres y mujeres en cada plantilla.

El registro retributivo deberá incluir los valores medios de salarios, complementos y percepciones extras del personal

El objetivo es garantizar la transparencia de las retribuciones, independientemente del tamaño de la empresa, con el objetivo de acreditar la igualdad de trato y la no discriminación. Para ello, el registro retributivo deberá incluir los valores medios -media aritmética y mediana- de salarios, complementos y percepciones extrasalariales del personal, referidos al año natural, desglosados por sexo, y distribuidos por grupos profesionales, categorías profesionales, nivel, puesto o cualquier otro sistema de clasificación aplicable.

Este registro deberá realizarse con carácter general de manera anual, a no ser que dentro del periodo haya una modificación sustancial de alguno de los elementos del registro

50.000 empresas

Dicha medida afectará, según las estimaciones de Fenadismer, a un total de 50.000 empresas de transporte de mercancías por carretera, aunque el porcentaje de mujeres contratadas en el sector del transporte por carretera es de los más bajos, en concreto menos de un 11 % del total de personas empleadas, frente al 42% de media en el resto de sectores económicos.

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