Sector | Los 52 convenios del transporte merman el efecto de la reforma laboral

Las principales patronales y sindicatos del sector analizan para Ruta del Transporte las posibles consecuencias del decreto ley que este jueves ha convalidado el Congreso.

Transportistas murcianos protestaron el pasado diciembre por las negociaciones del convenio en la región.
Transportistas murcianos protestaron el pasado diciembre por las negociaciones del convenio en la región.

Las diferentes asociaciones y sindicatos de transportistas no se ponen de acuerdo en cuánto afectará en el sector el decreto ley de la reforma laboral que este jueves ha convalidado el Congreso de los Diputados. Fenadismer ya aplaudió en diciembre la prevalencia del convenio sectorial frente al colectivo, pero CETM y Astic enfrían la importancia de esta medida. Ambas patronales explican que pocas empresas pagan por debajo del convenio colectivo en un sector que se regula según la provincia, es decir, por 52 convenios colectivos diferentes.

Tampoco hay unanimidad entre los principales sindicatos. Diego Buenestado, secretario federal de Carreteras en UGT, coincide con Astic y CETM en señalar que la principal medida de la nueva reforma laboral no va a tener mucha importancia en el sector y subraya que "hay unas diferencias de hasta el 40% en el sueldo entre los convenios de una provincia y otra". Agustín López, vocal de la Federación de Servicios a la Ciudadanía de CCOO, es mucho más positivo: "Se ha acabado competir vía costes salariales en el sector de las empresas multiservicios y el negocio de la subcontratación basado en menores costes salariales. Un gran avance en la lucha contra la precariedad".

"Hay unas diferencias de hasta el 40% en el sueldo entre los convenios de una provincia y otra"

Juan José Gil, secretario general de Fenadismer, continúa con esta idea: "La prevalencia del colectivo sectorial frente al empresarial va a permitir una competencia más leal entre empresas. Los convenios empresariales eran algo que hacían principalmente grandes compañías" para competir gracias a sueldos más bajos, según Gil. Además, el secretario general de Fenadismer saca la cuestión de los 52 convenios diferentes del debate: "La reforma laboral no prohíbe que haya un convenio nacional, lo que pasa que el sector se ha regido tradicionalmente por provincias".

Menos conflictividad laboral

Para Ramón Valdivia, vicepresidente ejecutivo de Astic, una de las cosas más positivas de la reforma laboral es que la han secundado Gobierno, sindicatos y patronal. Algo que para Valdivia "disminuye las posibilidades de conflictividad laboral". Eso sí, afea que se haya aprobado por decreto ley, y cree que sus principales medidas no tendrán gran impacto entre las empresas socias de la patronal de transporte internacional: "Muchas empresas de Astic tiene convenios [de empresa] para unificar los diferentes convenios provinciales. Es decir, que si la empresa tiene sede en Madrid, Zaragoza y Tarragona el sueldo se adapta a la más alta, en este caso Madrid", ejemplifica. 

La temporalidad

Otro de los objetivos que persigue la reforma es eliminar la temporalidad y que el contrato indefinido sea el estándar. Para Valdivia, la eliminación de la figura del contrato de obra y servicio tampoco tiene demasiada relevancia "porque no es muy común en el sector", aunque subraya que en su opinión tiene que existir un modelo para permitir contratos temporales "en sectores que sí que son frecuentes como el de la construcción".

Dulsé Díaz, secretario general de CETM, también echa en falta una figura que permita la contratación temporal: "Tendremos que dejar que pase el tiempo para comprobar si las modificaciones que se introducen en relación con los contratos temporales tienen el efecto que se persigue, porque tampoco lo vemos muy claro. En cualquier caso, resulta evidente que conviene luchar contra el fraude en la contratación temporal, pero tampoco podemos demonizar esta forma de contratación ya que, en ocasiones, resulta totalmente necesaria y justificada. Lo cierto es que la definición de las nuevas causas que justifican el uso del contrato temporal nos generan cierto recelo, a ver cómo se interpretan por la inspección de trabajo y los tribunales. Nos parece totalmente injusto, por ejemplo, que se encarezca la cotización a la Seguridad Social de los contratos de menos de treinta días; ¿si dicha contratación está justificada, por qué se ha de penalizar?", se pregunta Díaz.

Es sin embargo una de las medidas que más celebra Agustín López, de CCOO: "La reforma afecta muy positivamente al empleo estable en la medida en que ha acotado la contratación temporal".

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