La paralización del transporte se compensa por el mismo dinero desde 2023, es decir, con 40 euros por cada hora de espera que el transportista pasa en un centro de carga después de la primera hora. Y es que la Ley del Contrato de Transporte Terrestre recoge que se tiene que indemnizar al transportistas con el doble del Iprem diario (el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples). El Iprem es un índice que se actualiza anualmente a través de los Presupuestos Generales del Estado y que, al llevar tres años prorrogado, lleva desde 2023 sin actualizarse.
Este mismo cálculo –el doble del Iprem diario– se utiliza para valorar la indemnización por hora en cualquier otro caso en el que el transportista sufra una paralización del vehículo ocasionada por cualquier circunstancia que no le sea imputable, como puede ser un accidente o un siniestro. Por ello, la federación de transportistas Fenadismer exige al ministerio de Transportes que con carácter urgente y extraordinario se promueva por parte del Gobierno la aprobación de una norma legislativa que permita la actualización inmediata del Iprem para 2026 "con un incremento sustancial respecto del actualmente vigente".
Salario Mínimo Interprofesional
Antes de la Ley del Contrato de Transporte Terrestre, de 2009, la indemnización por paralización se calculaba conforme al Salario Mínimo Interprofesional, que sí ha sido actualizado en los últimos años. Fenadismer señala que este cambio de referencia ha resultado muy perjudicial para los transportistas: "A diferencia del Salario Mínimo Interprofesional, que en España ha experimentado un aumento acumulado superior al 95% entre 2009 y la propuesta acordada para 2026, el Iprem diario tan solo ha subido aproximadamente un 13% entre 2009 y 2026, lo que ha generado en estos años un desfase superior al 80% en perjuicio de los transportistas".