De nuevo, cambia la fórmula para repercutir las variaciones del gasóleo en los contratos de transporte, pero el resultado es muy similar al aprobado en abril. Es el resumen que hace Javier Arnedo, presidente del Comité Nacional del Transporte por Carretera, tras reunirse con representantes del Ministerio de Transportes y analizar el decreto ley publicado este martes.
Seguirá siendo obligatorio aplicar la revisión del precio del transporte en cada periodo de facturación (o cada vez que la variación del gasóleo sea de más del 5% entre el día que se firmó el contrato y el día en el que se realiza el porte) y, como ya pasa desde abril, la fórmula varía según el precio del gasóleo. Lo único que cambia es que si hasta ahora se venía teniendo en cuenta el precio antes de impuestos (PAI) ahora se debe mirar el precio de adquisición del combustible, sin tener en cuenta el Impuesto sobre el Valor Añadido ni la devolución parcial por el gasóleo profesional (Pmed). La fórmula viene detallada en las páginas 51 y 52 del decreto ley y, como el resto de medidas, entra en vigor el 1 de julio. En todo caso, Arnedo señala que las modificaciones no se notarán "más de un céntimo arriba o abajo".
El decreto también especifica que para la revisión del precio del transporte no se pueden considerar "las bonificaciones y ayudas extraordinarias y temporales para sufragar el precio del gasóleo" de los transportistas aprobadas tanto en marzo como ahora. Es una aclaración que ya se ha hecho con anterioridad y con la que el Gobierno se quiere asegurar que las medidas repercuten en las empresas de transporte y no en sus clientes.
El cálculo
Para que el transportista sepa cuánto debe aumentar o disminuir el precio de sus servicios en función del gasóleo, lo primero que debe hacer es consultar la web del Ministerio de Transportes con las variaciones semanales de ese combustible. Ahí podrá seleccionar la fecha en la que se firmó el contrato y la fecha en la que se llevó a cabo el transporte.
Así, la variación del precio de transporte contratado es el resultado de multiplicar el índice de variación del gasóleo (este porcentaje lo facilita la web del Ministerio), por el precio del transporte establecido en el contrato, por un coeficiente (que también verá indicado en la web del Ministerio, según el tipo de vehículo). Y todo el producto de esa multiplicación hay que dividirlo entre 100.
Asociaciones como Froet disponen además de calculadoras que hacen este cálculo de forma automática.