El Tribunal Supremo reconoce que las petroleras son las únicas legitimadas para obtener la devolución del recargo autonómico del impuesto de hidrocarburos, vigente en España entre 2013 y 2018 y declarado ilegal por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea. En una reciente sentencia de la que se hace eco la federación de transportistas Fenadismer, el alto tribunal niega la posibilidad de reclamar al Estado a los consumidores finales, tanto particulares como profesionales, a diferencia de lo que ocurrió con el céntimo sanitario también declarado ilegal por el Tribunal Europeo.
Fenadismer recrimina que "la pasividad del Ministerio de Hacienda en acreditar que las petroleras trasladaron el impuesto a los consumidores particulares, posibilitará que se les regalen de forma injusta los más de 5.000 millones recaudados por este impuesto, y que por el contrario los transportistas y demás consumidores no recuperen nada, lo que supondría una vez más un claro pelotazo y enriquecimiento injusto para las petroleras españolas".
A la mayoría de transportistas, sin embargo, este gravamen declarado ilegal ya se les devolvía a los transportistas a través del gasóleo profesional, el mecanismo de devolución de parte de los impuestos al que tienen derecho los profesionales del sector. Sin embargo, los que no tienen derecho al gasóleo profesional, como los transportistas de vehículos ligeros, no podrán reclamarlo.
En la sentencia del Supremo se puede entrever que culpa al ministerio de Hacienda de no posibilitar que los consumidores finales reclamen este dinero. "No ha sido objeto de debate en el recurso de casación el supuesto reembolso por parte de la compañía petrolera, por medio de repercusión económica, obtenido de los adquirentes de sus productos gravados, ni se trata de un punto que haya sido discutido en la instancia ni, sobre todo, objeto de prueba, cuya carga incumbe a la Administración obligada a la devolución".