El sindicato Comisiones Obreras (CCOO) se ha manifestado en contra de la subida de las dietas que reclaman entidades de transportistas como Fenadismer o Conetrans, que buscan que los gastos de manutención exentos de impuestos (es decir, las dietas) se actualicen conforme a la inflación de los últimos años, ya que llevan dos décadas congelados. Para CCOO, subir las dietas solo sería "consolidar y ampliar el fraude masivo en las cotizaciones a la Seguridad Social".
El sindicato entiende que las dietas son en realidad "un salario encubierto". "Actualmente, gran parte de la retribución variable que perciben los conductores por encima de los mínimos de convenio se abona bajo el concepto de dietas. Estas cantidades no obedecen a gastos reales de manutención, sino que son salario variable camuflado para evitar el pago de IRPF y, sobre todo, de cotizaciones sociales", acusa CCOO.
Hace solo unos días, Fenadismer se quejaba de que el importe que las empresas pueden destinar a dietas llevara congelado desde 2002, mientras que "la inflación se ha incrementado en un 81%" desde entonces. La federación de transportistas defiende que incrementar las dietas en "una recuperación del poder adquisitivo perdido" de los conductores. Un extremo que niega CCOO: "El uso abusivo de las dietas permite a las empresas ahorrar costes a costa de la protección social futura del trabajador tanto en caso de Incapacidades temporales como desempleo o jubilación. Pedir la actualización de la exención de dietas sin exigir la justificación del gasto (ticket o factura) es pedir barra libre para el fraude", opina el sindicato.
Las cantidades exentas de gravamen en la actualidad son diferentes teniendo en cuenta si corresponde a un desplazamiento nacional o internacional y si el conductor ha pernoctado o no. Cuando se haya pernoctado en municipio distinto del lugar de trabajo habitual y del que constituya la residencia del perceptor, la cantidad exenta no podrá exceder los 53,34 euros diarios, si es un desplazamiento dentro del territorio español, o 91,35 euros diarios, si es un desplazamiento internacional. Cuando no se haya pernoctado la cantidad exenta no podrá exceder de los 26,67 euros si es un desplazamiento nacional y no podrá exceder de los 48,08 euros diarios si es un desplazamiento en el extranjero.