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Sector

Transportistas acusan a cargadores de negarse a asumir el alza de los carburantes

El Comité Nacional del Transporte por Carretera recuerda que la legislación española contempla cómo aplicar la subida del gasóleo –cuando sea superior al 5%– en los precios del transporte.

Publicado: 05/03/2026 ·13:50
Actualizado: 05/03/2026 · 16:10
  • Para calcular lo que ha variado el precio del gasóleo y aplicarlo en el contrato se tiene que consultar el índice oficial del Ministerio de Transportes.

Numerosos cargadores obvian que tienen la obligación de revisar el precio del transporte aplicando la subida del gasóleo, cuando este carburante suba un 5% o más. Es lo que denuncia la patronal Conetrans: "Muchos cargadores no reconocen este derecho legítimo y necesario de los transportistas". Desde que este sábado escaló el conflicto en Oriente Medio, la mayoría de patronales del sector han alertado de las posibles subidas en el precio del carburante y han pedido medidas como las que se adoptaron tras la invasión rusa de Ucrania.

Este jueves, el Comité Nacional del Transporte por Carretera –que agrupa a todas las asociaciones del sector, incluida Conetrans– recuerda a las empresas del sector que la actual situación es lo suficientemente grave como para aplicar "la cláusula de indexación del precio del combustible" del decreto de 2022 con medidas para la sostenibilidad del transporte. Está "cláusula" establece que los contratos de transporte continuado deben actualizarse según la variación del precio del gasóleo, lo tengan o no previsto, cuando la variación sea igual o superior al 5% entre el momento en el que se firmó el contrato y el momento en el que se hace efectivo el porte. De momento, con datos de este jueves, el precio del gasóleo ha subido un 1,26% en comparación a la semana anterior y lo previsible es que en las próximas semanas se siga incrementando. 

Conetrans exige "que esta cláusula sea de obligado, total e íntegro cumplimiento por parte de todos los cargadores que contratan servicios de transporte". Les acusan de hacer uso de una posición de poder, "aprovechando que los transportistas son los únicos que asumen y soportan el encarecimiento de los carburantes". Otras asociaciones provinciales como Asetra Segovia o la gallega Vieiros.

En lo que tienen que ver con las exigencias al Gobierno, el Comité, como ya han hecho previamente la mayoría de patronales que lo integran, también pide "medidas que permitan preservar la competitividad del tejido empresarial. Pueden ser fiscales, financieras, laborales, incluso mecanismos temporales de compensación".

¿Cómo se calcula?

Para calcular lo que ha variado el precio del gasóleo y aplicarlo en el contrato se tiene que consultar este índice oficial del Ministerio de Transportes. Con ese índice y según el tipo de vehículo, la fórmula para calcular el aumento es la siguiente:

  • Para vehículos con una masa máxima autorizada igual o superior a 20 toneladas, con excepción de los de obras: multiplicar el índice de variación que da el Ministerio por el precio del transporte y por 0,3. Y dividir el resultado entre 100
  • Para vehículos con una masa máxima autorizada superior a 3,5 toneladas e inferior a 20, con excepción de los de obra y vehículos de obras con una masa máxima autorizada superior a 3,5 toneladas: multiplicar el índice de variación que da el Ministerio por el precio del transporte por 0,2. Y dividir el resultado entre 100
  • Vehículos con una masa máxima autorizada igual o inferior a 3,5 toneladas: Multiplicar el índice de variación que da el Ministerio por el precio del transporte por 0,1. Y dividir el resultado entre 100

Es obligatoria aplicar la revisión a todo tipo de contratos cuando la variación sea mayor o igual al 5%, aunque transportista y cargadores pueden establecer un porcentaje más bajo. Además, la ley no permite que el precio del transporte se actualice de ninguna otra manera.

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