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El DeCA no es ni la carta de porte ni el CMR: dudas sobre la digitalización del transporte por carretera

El Ministerio de Transportes organiza estos días un seminario para aclarar cómo tiene que ser el documento electrónico de control administrativo, obligatorio a partir del 5 de octubre. Avisa que no habrá prórrogas ni periodos transitorios.

Publicado: 24/06/2026 ·13:57
Actualizado: 24/06/2026 · 13:57
  • Transportistas y cargadores pueden generar su DeCA a través de la Plataforma SIMPLE.

El Documento electrónico de Control Administrativo (DeCA), obligatorio a partir del próximo 5 de octubre, genera bastante confusión entre los transportistas y el Ministerio de Transportes está llevando a cabo una serie de seminarios webs gratuitos (los interesados se pueden inscribir aquí) para intentar explicar cómo funciona. En la sesión de este miércoles, Ángel Soret, subdirector general de Inspección de Transporte por Carretera y Ferrocarril, ha dejado claro que no habrá prórrogas ni periodos transitorios: la Ley de Movilidad Sostenible recogía la obligación de que el documento de control administrativo sea digital a los diez meses de publicarse y esa fecha se cumple el 5 de octubre

Curiosamente, la mayoría de dudas de transportistas y cargadores no vienen tanto sobre cómo debe digitalizarse, sino sobre el propio documento: ¿Quién es el responsable de elaborarlo?, ¿quién será multado si no se lleva y se requiere en un control? ¿qué debe contener? ¿es también obligatorio para el transporte internacional? Soret ha recordado que estas cuestiones, en el caso del transporte de mercancías, se resuelven en la orden 2861/2012, que no varía por la digitalización. 

Así, Soret ha subrayado que el DeCA es el documento de control solo para el transporte nacional. En el ámbito internacional España se rige por el convenio CMR y por tanto es el documento CMR (también conocido como carta de porte internacional) el que se debe cumplimentar y llevar. España permite, pero no obliga, que el CMR esté en formato digital. El subdirector general de Inspección de Transporte también ha aclarado que el DeCA y la carta de porte no son lo mismo: la carta de porte sirve de contrato entre cargador y el porteador y debe ir firmada, mientras que el documento de control administrativo no tiene que estar firmado e implican al cargador contractual y al transportistas efectivo, un matiz importante, pues Soret ha subrayado que es responsabilidad "de los dos últimos componentes de la cadena": "Si un transportista subcontrata a otro, el primero pasa a ser el cargador contractual y el segundo el transportista efectivo".

La orden 2861/2012 deja claro que ambos son responsables de no formalizar el documento o de que no se lleve en el camión –"al no ser que el cargador demuestre que él lo emitió y era el transportista el que no lo llevaba", aclara Soret–. Lo que no aclara la norma es quién debe emitirlo.

Pero, ¿puede una carta de porte servir como DeCA? Pues sí, siempre que se incluyan todos los datos obligatorios que especifica el artículo 6 de la orden 2861/2012. El Ministerio publicó este mismo mes una resolución sobre las características que deben reunir los sistemas y los documentos electrónicos de control administrativo (DeCA). Allí se aclara que se admite cualquier formato previsto para otros documentos de transporte (carta de porte, acuerdo sobre transporte ADR, Documento de Identificación) siempre que contenga los datos obligatorios para el documento de control administrativo.

Digitalización SIMPLE

La resolución del Ministerio también aclara que es posible agrupar varios servicios en un mismo DeCA o que el DeCA, a pesar de que se debe generar antes del viaje, se puede modificar (por un cambio de vehículo, por ejemplo).

Lo más importante de esta resolución es que indica que los datos del documento de control administrativo se deben transformar en cuanto sean conocidos y siempre antes del inicio efectivo del servicio en un fichero electrónico generando de ese modo un DeCA. Los ficheros electrónicos tendrán formato PDF con un tamaño no superior a 5 MB. La generación de los ficheros electrónicos será nativa digital, es decir, no serán escaneos ni imágenes digitalizadas. Los ficheros electrónicos generados deberán incluir en el propio PDF un código QR (que será lo que lea el agente en el control de carreteras) con una URL.

Soret ha subrayado que, a través de la Plataforma SIMPLE (desarrollada por Adif y Puertos del Estado y disponible en este enlace) los transportistas y cargadores podrán generar sus DeCAs.

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