Fenadismer ha planteado al Ministerio de Sanidad su rechazo total al anteproyecto de ley por la que se modifica Ley Antitabaco para ampliar los lugares y espacios donde se prohíbe fumar. La federación de transportistas ha enviado sus alegaciones durante el proceso de participación pública del proyecto de ley que pretende incluir en los espacios sin humo a los "vehículos profesionales", –camiones y furgonetas–, lo que, según Fenadismer, afectará a los más de 360.000 profesionales del transporte.
La federación de transportistas resulta llamativa esta prohibición, "por lo restrictiva y por el elevado número de profesionales a los que afecta, cuando en la práctica, dichos vehículos suelen ser espacios ocupados únicamente por el propio conductor, es decir, cuando se fuma en ellos no hay terceras personas expuestas al humo". Para Fenadismer, esto supone una contradicción con que a los vehículos particulares no se les prohiba fumar: "Por ello si el objetivo de la legislación sanitaria en este ámbito es proteger a otros de la inhalación involuntaria, Fenadismer considera absolutamente desproporcionado extender tal prohibición a lugares donde sólo está presente quien fuma".
Además, Fenadismer pide tener en cuenta que uno de los ejes principales que inspira la reforma es la necesidad de reforzar la protección de los menores frente al tabaquismo, evitando su exposición al humo y desnormalizando el consumo en espacios compartidos: "Fenadismer comparte ese propósito en aquellos entornos en los que realmente existe una interacción de los menores, como centros educativos, sanitarios o de ocio, lo que no se produce en los vehículos de transporte de mercancías, ya que ni pueden ser conducidos por menores de edad ni tampoco pueden viajar como acompañantes".
"La medida prohibitiva planteada afectaría directamente a un colectivo muy numeroso, estimado en unos 300.000 conductores asalariados de transporte pesado y unos 60.000 en transporte ligero, la cual podría tener una incidencia directa en la seguridad vial, teniendo en cuenta que conforme a la vigente regulación sobre los tiempos de conducción y descanso, los conductores pueden permanecer hasta cuatro horas y media ininterrumpidas al volante antes de realizar la pausa obligatoria de 45 minutos. Privar a un conductor fumador de la posibilidad de hacerlo durante ese tiempo prolongado incrementaría inevitablemente sus niveles de estrés y desequilibrio emocional, lo que se traduciría en nerviosismo, irritabilidad y menor capacidad de concentración. Estos efectos psicológicos, en un trabajo ya de por sí exigente y solitario, incidirían directamente en la atención y la seguridad en carretera", señala Fenadismer.