La Seguridad Social ha dado marcha atrás en la condición que había puesto a patronales y sindicatos para seguir con la tramitación de la jubilación anticipada de los conductores profesionales. Ya no será necesario que los agentes del diálogo social faciliten la identificación fiscal de los más de 300.000 trabajadores –según cálculos del propio sector– que se verían beneficiados por el adelanto de la jubilación. El Ministerio de Transportes será el encargado de recopilar y entregar esos datos.
El pasado 9 de febrero, la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social había requerido la identificación de los conductores profesionales a CCOO y UGT (como representantes de los trabajadores) y a CETM, Fenadismer y Fitrans (como parte empresarial). Si no lo entregaban en 20 días hábiles, la Seguridad Social desestimaría la solicitud de la jubilación anticipada. Y es que estos dos sindicatos y tres patronales habían presentado en octubre la petición para que estudiara otorgar a los conductores profesionales los coeficientes reductores que permiten rebajar la edad de jubilación según los años cotizados en los trabajos que la Administración reconozca como "penosos, peligrosos o tóxicos".
El requerimiento de la Seguridad Social indignó a las dos partes del diálogo social, que lo veían como una traba injustificable, pues la propia Administración podía recopilar esos datos. Así se expresaba Francisco Vegas, secretario de Carretera y Logística de CCOO, este martes: "Ni patronales ni sindicatos tenemos capacidad de identificar a todos los trabajadores. Esos datos los tiene la DGT por el número de tarjetas tacógrafo expedidas, el Ministerio de Transportes por los certificados CAP (Certificado de Aptitud Profesional de conductor) y, lo que es peor, los tiene la propia Seguridad Social porque las empresas pagan por los conductores profesionales una cotización extra por accidentabilidad, que viene reflejada en la nómina".
Se da por cumplido el requerimiento
Este viernes, el organismo les ha comunicado que "se da por cumplido el requerimiento de 9 de febrero en la medida en que los datos de NIF de ambos colectivos [conductores de viajeros y de mercancías] van a ser aportados por parte del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible". CCOO expresa que esta marcha atrás viene después de la presión ejercida por su sindicato. Tanto CCOO como UGT habían iniciado una campaña de recolección de datos que ya no será necesaria. Todos los solicitantes de los coeficientes reductores habían enviado una carta a la Seguridad Social expresando que la Administración ya tenía esos datos.
Además, esta misma semana, el Tribunal Supremo había anulado este requerimiento a raíz de una denuncia que había interpuesto el sindicato UGT.
En cualquier caso, el camino para la jubilación anticipada todavía no está despejado. El decreto que regula los coeficientes especifica que las patronales y sindicatos tienen derecho a pedirlos para un determinado colectivo de trabajadores, pero será la Seguridad Social, tras la consulta de los órganos pertinentes, la que decida si se conceden y en qué grado. Los agentes del diálogo social presentaron tres expedientes: para conductores de viajeros, de mercancías y de grúas autopropulsadas. Además, en representación de los conductores autónomos, Fenadismer presentó otro para este colectivo. Como todos se presentaron en octubre con unos pocos días de diferencia es de suponer que la contestación llegará, más o menos, al mismo tiempo. En teoría, la Administración tiene seis meses para resolver.
Movilización
CCOO es especialmente receloso con "la lentitud" y "las trabas" que, según entiende, está poniendo la Administración en la tramitación de los coeficientres reductores para los conductores. Y por eso mantiene una concentración frente al Ministerio de Transportes el próximo 10 de marzo.