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Los módulos se mantienen vigentes en el transporte tras prorrogar in extremis el Gobierno el límite de 125.000 euros de facturación

Existe el riesgo de que la medida no sea convalidada por el Congreso de los Diputados en enero, "lo que volvería a dejar en una situación de inseguridad tributaria a miles de autónomos durante varios meses", advierten desde Fenadismer.

Publicado: 23/12/2025 ·19:35
Actualizado: 23/12/2025 · 19:43
  • Aquellos transportistas que hubieran incrementado la masa máxima de su vehículos a 44 toneladas deberán seguir tributando por el tope máximo de 40 toneladas.

El Gobierno ha decidido a través del último Consejo de Ministros del año aprobar in extremis por Decreto-Ley el límite actual de facturación de 125.000 euros anuales que permitirá seguir acogidos a dicho régimen de tributación más de 30.000 transportistas autónomos en 2026, aunque deberá ser convalidado por el Congreso de los Diputados en enero. Asimismo el Ministerio de Hacienda ha confirmado a Fenadismer que los transportistas seguirán tributando en los módulos por un tope máximo de 40 toneladas aunque incrementen la masa máxima de sus vehículos a 44 toneladas al amparo de la nueva normativa sobre pesos y dimensiones.

La decisión del Ejecutivo que preside Pedro Sánchez ha tenido lugar este martes, 23 de diciembre, a tan sólo una semana de la fecha límite para su aprobación y supone prorrogar un año más el actual límite de facturación anual establecido en 125.000 euros para que los más de 30.000 transportistas autónomos que tributan por dicho régimen puedan seguir acogidos el próximo año 2026.

No obstante, como ya ocurrió este año, debido al juego actual existente de mayorías parlamentarias, "existe el riesgo de que no sea convalidado posteriormente por el Congreso de los Diputados el próximo mes de enero, lo que volvería a dejar en una situación de inseguridad tributaria a miles de autónomos durante varios meses", señalan desde la organización de transportistas Fenadismer.

En relación con la aplicación del régimen de módulos por parte de los transportistas acogidos a dicho régimen, el Ministerio de Hacienda ha aclarado a Fenadismer cómo se debe calcular el módulo “capacidad de carga“ a efectos de calcular el importe a tributar como consecuencia de la aprobación de la nueva Orden Ministerial de pesos y dimensiones. En este sentido, aquellos transportistas que hubieran incrementado la masa máxima de su vehículos a 44 toneladas deberán seguir tributando por el tope máximo de 40 toneledas lo que será de aplicación tanto al modelo 303 correspondiente al cálculo del IVA anual que se realizará el próximo mes de enero, así como del modelo 100 correspondiente al cálculo de la declaración anual del IRPF que se realizará en junio.

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