Los operadores tienen claro que el aumento de masas en el transporte por carretera que acaba de entrar en vigor es solamente aplicable al territorio nacional. Es decir, que aunque en Portugal y en Francia también se permitan (y desde hace años) las 44 toneladas de masa máxima autorizada, no se puede cruzar la frontera con ese peso porque la directiva europea de pesos y dimensiones lo prohíbe. Por eso, la Federación Nacional de Transportistas Portuarios (Fenatport) recuerda que esto impide que se aplique el aumento de masas en la mayoría del transporte multimodal, el que viaja fuera de España.
Fenatport lo ha consultado con los ministerios de Transportes, Interior e Industria, que han respondido por carta que las 44 toneladas solo podrán aplicarse a los transportes en contenedor que se desarrollen íntegramente dentro del territorio nacional, lo que afectará principalmente a tráficos internos o con origen y destino en las islas. En cambio, los transportes intermodales internacionales, es decir, aquellos en los que el contenedor viaja hacia o desde la Unión Europea o terceros países, seguirán rigiéndose por la directiva de pesos y dimensiones, que limita la masa máxima autorizada a 42 toneladas para conjuntos 2+3 y 44 toneladas para conjuntos 3+3.
Hace años que la Comisión Europea puso en marcha la modificación de esa directiva para permitir, entre otras cosas, más peso en el transporte intermodal y que se pudiera cruzar con 44 toneladas entre dos países que lo permiten. El Parlamento Europeo ha dado el visto bueno a esos cambios, pero están atascados en el Consejo de la UE.
En todo caso, no será posible cargar 44 toneladas en la mayoría de los transportes intermodales (salvo en combinaciones de 3+3), incluso aunque parte del recorrido discurra por territorio español.
Dudas
Además, Fenatport subraya que el documento ministerial no aclara una cuestión esencial, que es cuándo un transporte intermodal puede superar los 150 kilómetros por carretera y seguir siendo considerado como tal: "La ausencia de una definición precisa sobre qué debe entenderse por “terminal de transporte más cercana o adecuada” sigue dejando a los transportistas en una situación de inseguridad jurídica".